Casarse en Japón

MATRIMONIO: Para casarse en Japón

Registro de matrimonio

Por más fiesta o ceremonia religiosa que se realice, si no están casados en lo civil ante un municipio, no se puede decir que sean parejas de derecho. El trámite de registro de matrimonio, a diferencia de los países de habla hispana, es sumamente sencillo y no requiere la presencia de un juez, escribano o funcionario péblico. Simplemente, llenando la solicitud de matrimonio (kon-in todoke), que es un formulario a disposición en los municipios, es suficiente. Lo énico, es que esté firmado por la pareja y por dos testigos. Los testigos pueden ser amigos o familiares, extranjeros o japoneses. Los japoneses lo suelen enviar hasta por correo, pero en el caso de los extranjeros, como es necesario presentar algunas documentaciones complementarias, debe ser en forma personal.

+ El trámite debe ser efectuado en el municipio donde están registrados. NO necesitan reservar turno.

+ Se requiere que dos (2) testigos firmen y llenen los datos solicitados en el formulario. No hace falta que vayan al municipio.

+ Si el/la cónyuge de la pareja es de nacionalidad japonesa debe presentar su constancia de registro familiar, usualmente conocido como KOSEKI.

+ El/la extranjero/a debe presentar su constancia de registro de extranjería - toroku genpyo jiko shomeisho - y el certficado de soltería ("dokushin shomeisho", que legalmente se denomina "kekkon yoken gubi shomeisho"). Si es viudo/a, la constancia de defunción de su anterior pareja, y si es divorciado/a, la sentencia de divorcio dictado por el tribunal del país de origen (la sentencia de un Tribunal de Familia japonés no es condición suficiente para contraer nuevas nupcias en Japón).

+ No deben olvidar el pasaporte.

+ Si tienen el sello personal (inkan), también lo deben llevar.

Certificado de Solteria

Jurídicamente, en japonés se denomina "Certificado de Aptitud para el Matrimonio" (kekkon yoken gubi shomeisho). A través de este certificado, el/la contrayente debe demostrar si es soltero/a, viudo/a o divorciado/a. Hay países que, al no contemplar la emisión de éste tipo de certificado, emiten solamente una constancia de estado civil en base a los datos personales inscriptos en el DNI o el pasaporte. Este tipo de constancia puede ser emitido por autoridad péblica del país de origen o por el Cónsul acreditado en Japón. En cualesquiera de los casos deben adjuntar la traducción.

En algunos Consulados suelen emitir un Juramento de Soltería (dokushin senseisho) basado en la declaración jurada del contrayente.

Un problema que está preocupando a las autoridades japonesas es que se están detectando casos en donde algunos extranjeros están ejerciendo la bigamia (jukon) en forma intencional y planificada, no solamente para contraer nuevas nupcias sino para estafar a ciudadanos japoneses. Se recuerda que el delito de bigamia está condenado a 2 años de prisión con obligaciones de trabajo (art. 184 del Código Penal de Japón).

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